Argentina | Lejos de ser justicia restaurativa

El pasado jueves 8 de noviembre la Cámara de Senadores de Santa Fe modificó el Proyecto de Ley de Diputados sobre el “Código Procesal de Niñas, Niños y Adolescentes”, lo aprobó y lo envío a la Cámara Baja para su nuevo tratamiento.

Como organismo público de derechos humanos específicos de la niñez y la adolescencia, la Defensoría considera que estas modificaciones son regresivas y no tienen en cuenta las legislaciones nacionales y tratados internacionales sobre el tema. Esto es:

  • Elimina al Interés Superior del Niño como enfoque para la toma de decisiones, siendo este un principio rector, un derecho y una norma de procedimiento establecido por la Convención sobre los Derechos del Niño.
  • Suprime la referencia a la Ley Nacional de Protección Integral N° 26.061 y la Ley Provincial de Promoción y Protección Integral N° 12.967.
  • Desestima atribuciones de la autonomía progresiva adolescente, reconocida en el Código Civil y Comercial.
  • Incorpora el abordaje de niñas y niños y adolescentes no punibles desde el Sistema de Justicia Penal y no desde el Sistema de Protección Integral. Prevé la privación de la libertad, sin plazos, bajo la terminología de “medidas de seguridad”.
  • Atribuye a los Jueces Penales la aplicación de Medidas de Protección para los no punibles sin definir en qué consisten, lo cual de todas formas sería competencia del Poder Ejecutivo según la Ley Nacional de Protección Integral N° 26.061 y la Ley Provincial de Promoción y Protección Integral N° 12.967.
  • Anula considerar que la restricción de la libertad sea por el período más breve posible, contradiciendo a la Convención sobre los Derechos del Niño (Art. 37 b) y la Regla de Beinjing N° 19.
  • Utiliza terminología del Paradigma Tutelar, considerando a las y los niños no como sujetos de derechos sino como objetos de tutela.

Por tales motivos, y considerando su competencia para proponer las reformas legales necesarias para garantizar los derechos de las niñas, niños y adolescentes, esta institución exige a las y los legisladores que revisen el texto del proyecto y se rijan por los derechos consagrados en la Constitución Nacional. La introducción del abordaje que propone para las niñas, niños y adolescentes no punibles lo alejan del enfoque de Justicia Juvenil Restaurativa (pese a que se nombre a sí mismo como tal).

Porque este modelo implicaría intervenir tanto en la etapa previa del problema (prevención) como en las causas estructurales y circunstanciales que llevaron al joven a transgredir las leyes. Esto sería educar en libertad para la libertad, trabajando en la resolución de los conflictos desde la reparación y la re construcción de la paz social.

 

Fuente: Defensoría de niñas, niños y adolescentes de la Provincia de Santa Fe, Argentina

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