ESPAÑA | Informe sobre transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno

El Síndic de Greuges de Catalunya, Rafael Ribó destaca que el Informe "es una primera aproximación al cumplimiento de la Ley con el objetivo de señalar las dificultades detectadas y de servir de punto de referencia y comparativa para las futuras evaluaciones". El Síndic ha contado con la colaboración de la Fundación Carles Pi i Sunyer  y del equipo formado por los catedráticos Manuel Villoria, Agustí Cerillo y  Juli Ponce, para la obtención de datos, centrada en el primer trimestre de 2016.

El análisis se ha estructurado en los mismos bloques de materias que prevé la ley y el universo analizado ha sido, en cuanto a la publicidad activa, más de 2.400 portales web entre administraciones y otros nos obligados. En cuanto al resto de obligaciones de la ley (derecho de acceso, registro de grupos de interés, buen gobierno y gobierno abierto), se ha solicitado información a la Generalitat de Cataluña, las diputaciones, los consejos comarcales, los ayuntamientos de más de 500 habitantes, el Área Metropolitana de Barcelona, las universidades públicas, los órganos estatutarios y otros entes de control.

El Síndic recomienda especialmente una mayor difusión del contenido de la Ley 19/2014 entre la ciudadanía. En opinión del Síndic, las personas deben conocer el fondo de las nuevas obligaciones de las administraciones para poder exigir su cumplimiento. Especialmente relevante es la difusión del derecho de acceso a la información, mecanismo que permite a los ciudadanos ejercer el control sobre las actuaciones de la Administración.

En este sentido, el número de solicitudes de acceso a la información durante el período evaluado ha sido escaso, lo que evidencia una falta de conocimiento y de sensibilización entre la población en cuanto al ejercicio de este derecho.

El Síndic se muestra asimismo partidario de dotar este derecho y la difusión de información pública de una regulación propia independiente, en términos homologables a los países del entorno y a los estándares del Convenio 205 del Consejo de Europa.

En general se ha constatado un nivel de cumplimiento bastante elevado en los aspectos más genéricos en materia de transparencia y publicidad informativa, y mayores dificultades cuando se trata de publicitar contenidos que antes no eran obligatorios (cartas de servicios y códigos éticos, por poner algún ejemplo). El Síndic destaca que el soporte técnico de la AOC (Consorcio de Administración Abierta de Cataluña), sobre todo a escala municipal, ha sido clave.

Las mayores carencias en cuanto a la información publicada se detectan en la organización y formato de los datos. Estas carencias se hacen más evidentes en las entidades de menor dimensión, hecho atribuible a que disponen de muchos menos recursos. El Síndic recomienda dedicar esfuerzos a que la información sea reutilizable y esté estructurada de manera comprensible, tal como prevé la ley, en el plazo más breve posible. El Informe destaca que la puesta en marcha y la consolidación de todos los cambios que impone esta Ley requieren una inversión de recursos significativa.

Eliminar el plazo de treinta días para entregar la información, organizar los archivos administrativos y facilitar la identificación de los solicitantes son propuestas dirigidas al bloque del derecho de acceso. En cuanto al registro de grupos de interés, el Síndic incide en que deberán hacerse públicas las actividades y actuaciones concretas de influencia que lleven a cabo.

También recuerda que está pendiente el despliegue reglamentario de la Ley 19/2014 para concretar su alcance y las obligaciones y que habrá que ampliar la regulación de los canales y los instrumentos de participación ciudadana.

 

Fuente: Síndic de Greuges de Catalunya, España

 

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