ARGENTINA/SANTA FE | Defensor del Pueblo recomendó anular la utilización de un radar

A partir de una queja presentada por un ciudadano en la Defensoría del Pueblo, por inconformidad con los sistemas de detección de infracciones de tránsito situados en la localidad de Soldini se procedió a pedir informes de tal situación a la Agencia Provincial de Seguridad Vial.

De la respuesta al pedido de informes enviado a la repartición provincial encargada de la Seguridad Vial se desprende que la comuna de Soldini está habilitada para efectuar controles de tránsito por exceso de velocidad sobre la ruta provincial N°14 entre los kilómetros 5 y 7.

No obstante ello y debido a la gran cantidad de reclamos recibidos, el Defensor del Pueblo de la provincia de Santa Fe procedió en persona a la inspección del lugar en el que se encuentra ubicado el cinemómetro cuestionado, constatando que el control de velocidad se efectúa en ambos sentidos de circulación, es decir, tanto a quienes ingresan a la localidad como a quienes egresan de la misma.

Se verificó que en el caso del equipo instalado en el ingreso a la localidad se cumplen las normas vigentes por las que se autorizó al uso del mismo. Sin embargo, en el caso del sentido de egreso del pueblo hacia la ruta, la autorización para realizar un control de exceso de velocidad a escasos metros de la finalización de la zona urbana, se presenta a todas luces como irrazonable, configurando un ejercicio abusivo e inoportuno de las funciones involucradas.

En este sentido, se estima que no hay resguardo alguno a la seguridad vial en el hecho de labrar actas de infracción por exceso de velocidad a los automovilistas que abandonando ya la zona urbana, se aprestan a continuar su camino por la ruta provincial N°14, a la velocidad reglamentaria de circulación en ruta.

Con los fundamentos expresados, Bistoletti resolvió "declarar admisible las quejas presentadas" y "recomendar al Subsecretario de la Agencia Provincial de Seguridad Vial que proceda a la modificación de la autorización otorgada mediante Resolución N°517/12, a los fines de garantizar que no se efectúen controles de tránsito por exceso de velocidad en el último tramo de la zona urbana de la localidad de Soldini (ruta provincial N°14, km 5,2 - "carril 1") a los vehículos que saliendo de la zona urbana, se encuentran ya accediendo a la zona de circulación de velocidad máxima de 110 km/h".

La Resolución del Defensor del Pueblo, que lleva el N°289 dictada el día 22 de este mes, refiere también a "requerir a la Agencia Provincial de Seguridad Vial que se informe lo actuado a partir de esta recomendación y solicitar al Juzgado de Faltas de la comuna de Soldini que tome conocimiento de los argumentos vertidos por la Defensoría del Pueblo, evaluando las actas ya labradas por la situación de origen de las quejas".

 

Fuente: Defensoría del Pueblo de la Provincia de Santa Fe, Argentina

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